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¿Las resoluciones del Tribunal Registral crean jurisprudencia en Perú?

Actualizado: 17 may

En el sistema registral peruano, uno de los temas que genera más dudas entre abogados, notarios y ciudadanos en general es si las resoluciones del Tribunal Registral de SUNARP tienen carácter de jurisprudencia. La respuesta es clara: no todas las resoluciones del Tribunal Registral constituyen jurisprudencia ni crean precedentes obligatorios.

¿Qué es el Tribunal Registral?

El Tribunal Registral es un órgano resolutivo de segunda instancia dentro del sistema de SUNARP. Tiene la función de revisar las apelaciones contra las observaciones formuladas por los registradores públicos al momento de calificar un título.

Su actuación se basa en la Ley N.º 26366 y el Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por SUNARP.

¿Qué valor tienen sus resoluciones?

Las resoluciones del Tribunal Registral no crean jurisprudencia en el sentido judicial del término, ya que este solo puede provenir del Poder Judicial, conforme al artículo 139 de la Constitución Política del Perú y al sistema de fuentes del Derecho.

Sin embargo, algunas resoluciones sí pueden adquirir carácter obligatorio, pero solo si se declaran expresamente como:

🧷 Precedente de observancia obligatoria

Según el artículo 70 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos:

"Las resoluciones del Tribunal Registral solo constituyen precedente de observancia obligatoria cuando son expresamente declaradas como tales, por el voto conforme de los miembros integrantes de las Salas del Tribunal Registral."

Y el artículo 71 añade:

"El precedente de observancia obligatoria debe ser cumplido por todos los Registradores en tanto no sea modificado o dejado sin efecto mediante otra resolución."

Esto significa que la mayoría de resoluciones tienen valor orientador o doctrinal, pero no son vinculantes, salvo que sean elevadas al rango de precedente.

¿Por qué es importante saber esto?

Muchas veces, quienes gestionan trámites ante SUNARP creen que una resolución del Tribunal Registral puede ser utilizada como “jurisprudencia” para exigir la inscripción de un título. Esto no es correcto, salvo que se trate de un precedente de observancia obligatoria.

Conocer esta distinción es clave para no generar falsas expectativas ni tomar decisiones equivocadas en materia registral.

✅ Conclusión

Las resoluciones del Tribunal Registral en Perú no constituyen jurisprudencia. Solo adquieren carácter vinculante si han sido expresamente declaradas como precedentes de observancia obligatoria. En todos los demás casos, tienen valor referencial o interpretativo, pero no obligatorio.


 
 
 

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