¿Cómo se Rectifica una Partida Registral? Guía Práctica para Evitar Problemas Heredables
- DS Registral
- 25 jul
- 2 Min. de lectura
En el artículo anterior reflexionamos sobre la importancia de revisar las partidas registrales de nuestros familiares, especialmente cuando tienen bienes a su nombre. Esta vez, vamos un paso más allá: ¿qué ocurre cuando ya identificamos un error? ¿Qué debemos hacer? ¿A dónde acudir?
Muchas personas descubren estos problemas cuando intentan vender una propiedad, heredarla o incluso formalizar una sucesión intestada. Y en ese momento, lo que parecía un detalle menor se convierte en un verdadero obstáculo legal.
¿Qué tipo de errores se pueden rectificar?
La ley permite rectificar diversas clases de errores, entre los más comunes:
Nombres incompletos o mal escritos (por ejemplo, “Luis” en vez de “Luis Alberto”)
Apellidos invertidos o con errores ortográficos
Fechas de nacimiento o defunción inexactas
Número de documento de identidad incorrecto
Datos del predio mal consignados (área, ubicación, linderos)
Estos errores suelen encontrarse en partidas de nacimiento, defunción, matrimonio o en títulos archivados en Registros Públicos, y pueden afectar tanto derechos personales como patrimoniales.
¿Qué normativa lo permite?
En el Perú, el procedimiento está regulado principalmente por:
El Código Civil (Libro de Derechos Reales y Sucesiones)
El Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Inmueble
El Reglamento de Inscripciones del Registro de Personas Naturales
Directivas internas de la SUNARP, que establecen procedimientos específicos para correcciones simples o complejas
Tipos de rectificación
1. Rectificación Notarial Se utiliza cuando el error es evidente (por ejemplo, una letra mal tipeada) y no requiere mayor controversia. Puede tramitarse directamente ante notario, quien extenderá una escritura de rectificación con el sustento documentario correspondiente.
2. Rectificación Judicial Se aplica cuando el error afecta derechos de terceros, no hay consenso entre herederos o requiere pronunciamiento del juez. Es más largo, pero garantiza seguridad jurídica si hay conflicto o incertidumbre.
3. Rectificación Administrativa (SUNARP)En algunos casos, la SUNARP permite rectificaciones directas si el error es atribuible a la entidad registral o si los documentos archivados justifican la corrección sin necesidad de proceso judicial.
¿Qué documentos necesito?
Dependerá del tipo de rectificación, pero en general se solicitan:
Copias certificadas de partidas registrales actuales
Documentos de identidad
Documentos de sustento (partidas de nacimiento, defunción, DNI antiguos, testamentos, etc.)
Declaración jurada si corresponde
En casos notariales: minuta, escritura pública y solicitud de inscripción
En casos judiciales: demanda con abogado habilitado
¿Por qué hacerlo a tiempo?
No esperar a que fallezca el titular o a que el bien vaya a ser transferido puede ahorrarte años de trámites. En la práctica, muchos juicios sucesorios se paralizan por un error que debió haberse corregido mucho antes.
Conclusión
Rectificar una partida no es simplemente “arreglar un papel”, es asegurar que los derechos patrimoniales y familiares puedan ejercerse con normalidad y seguridad jurídica. Conocer el procedimiento y actuar con previsión es la mejor forma de proteger el legado de nuestros seres queridos.
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